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Grado III+ de dependencia extrema - Dependencia
Grado III+ de dependencia extrema
La Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible prevé un desarrollo normativo para garantizar la adecuada atención de las personas que padezcan estas enfermedades.
Este desarrollo normativo se ha realizado mediante el Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre, por el que se establecen medidas para el fortalecimiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, el Real Decreto 969/2025, de 28 de octubre, por el que se establecen los criterios que definen los procesos irreversibles y de alta complejidad de cuidados que conforman el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024 y la Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 9 de diciembre de 2025.
En las mencionadas normativas de desarrollo y en lo que se refiere al procedimiento de dependencia, la novedad fundamental es la creación de un nuevo Grado 3+ de dependencia (dependencia extrema). El reconocimiento de este Grado 3+ supone la concesión a las personas beneficiarias de una prestación económica destinada a cubrir su atención especializada en domicilio durante las 24 horas del día para prevenir el riesgo de muerte evitable en la fase avanzada de la enfermedad. El importe de la prestación económica puede ascender hasta 9850 euros mensuales.
Para ello, deberán presentar el modelo de Solicitud de reconocimiento del Grado 3+ de dependencia junto a correspondiente certificado médico, que consta también como modelo normalizado.
Presentada esta solicitud, la Dirección General con competencias en materia de atención a las personas en situación de dependencia tramitará el procedimiento conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La competencia para resolver corresponde a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de atención a las personas en situación de dependencia. La resolución consistirá en la estimación o desestimación del Grado 3+ de dependencia, en función de si se acredita el cumplimiento de los criterios clínicos establecidos para ello.
En caso de que la resolución del Grado 3+ de dependencia sea estimatoria, a continuación se procederá a la resolución del Programa Individual de Atención (PIA) atendiendo a lo expresado por la persona solicitante en su solicitud de Grado 3+, y con las cuantías establecidas en la normativa vigente.