Justificación 2020

Justificación 2020

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN EJECUTADA EN 2021

En el arte. 23 de la Orden 8/2019, de 7 de septiembre se establece que el plazo máximo para la justificación de los gastos será el primer trimestre del ejercicio siguiente a la realización de los programas subvencionados, siendo el próximo 31 de marzo de 2022 el último día para remitir la cuenta justificativa correspondiente.

Junto con la documentación justificativa de la subvención concedida, tendrán que presentar una relación de los documentos que acompañan a la misma utilizando los fichas que los proporcionamos a continuación.

Los Anexos a rellenar así como el Manual de Justificación actualizado también es disponen a continuación.

 

ANEXOS:

Los anexos I, II e III tendrán que presentar-les el mismo formato en el cual aparecen en la web, Excel o Calco LibreOffice.