Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI's): Barreras Arquitectónicas

Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI's): Barreras Arquitectónicas

Subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas - PEIS

 

Definición

Se comprenden en esta tipología todas aquellas ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia o en el edificio del anciano que obstaculizan su movilidad. Comprenden aquellas transformaciones o reformas que contribuyen a evitar los obstáculos y a facilitar la movilidad.

 

 

Personas destinatarias:

Las personas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos

  • Ser mayor de 60 años.
  • Domicilio habitual y permanente (o empadronados) en la vivienda objeto de la reforma.
  • Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales, o grados I, II o II de dependencia, o grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
  • Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que plantea el sujeto. 

 

Orden de bases

  • Orden 4/2024, de 4 de junio de 2024, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores (DOGV nº9865 6 de junio de 2024)

Convocatoria 2026 - EN FASE DE PREPARACIÓ

  • RESOLUCIÓN ......