Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI's): Barreras Arquitectónicas

Prestaciones Económicas Individualizadas (PEI's): Barreras Arquitectónicas

Subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas

 

Definición

Se comprenden en esta tipología todas aquellas ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia o en el edificio del anciano que obstaculizan su movilidad. Comprenden aquellas transformaciones o reformas que contribuyen a evitar los obstáculos y a facilitar la movilidad.

 

 

 

Personas destinatarias

Las personas solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos

  • Ser mayor de 60 años.
  • Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales.
  • Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
  • Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que plantea el sujeto. 

 

Orden de bases

  • Orden 4/2024, de 4 de junio de 2024, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores (DOGV nº9865 6 de junio de 2024)

 

Convocatoria 2024

Convocatoria 2021

Convocatoria 2022

 

Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes se establece anualmente en la convocatoria de subvenciones en materia de supresión de barreras arquitectónicas que se publica en el DOGV.

 

Suspensión plazos de solicitud

Con fecha de 5 de noviembre de 2024, se aprobó Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» el territorio damnificado como consecuencia de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. En base a este Acuerdo y a la declaración de “Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil” a los municipios valencianos más afectados por la DANA de noviembre de 2024, se aprueba, mediante el acuerdo decimonoveno, la suspensión de términos e interrupción de plazos administrativos.

Como consecuencia de esta suspensión, con fecha de 7 de noviembre de 2024, desde la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores, se consensuó suspender los plazos del procedimiento de la subvención para la supresión de las barreras arquitectónicas para personas mayores 2024, viéndose afectado el plazo de presentación de solicitudes y de subsanación de estas.

Por lo tanto, el plazo de presentación de solicitudes para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores queda suspendido desde las 00.00 del 7 de noviembre de 2024 hasta nuevo aviso, teniéndose por NO PRESENTADAS las solicitudes realizadas tanto por trámite electrónico como trámite presencial.